¿Quieres acceder al Kit Digital y no sabes por dónde empezar?
En La Suite Comunicación somos agentes digitalizadores acreditados y te ayudamos a gestionar todo el proceso: desde la solicitud del Kit Digital para autónomos y PYMES hasta la implantación de soluciones digitales que hagan crecer tu negocio.
Nos encargamos de comprobar si cumples los requisitos del Kit Digital y tramitamos tu solicitud directamente en Red.es o Acelera Pyme.
¡Ponte cómodo y cuéntanos qué necesitas!

¿Qué soluciones digitales se pueden implantar?
Sitio Web
Comercio Electrónico
Gestión de Redes Sociales
Gestión de Procesos
Ciberseguridad
BI y Analítica
Servicios de Oficina Virtual
Comunicaciones Seguras
Factura Electrónica
Gestión de Clientes / Proveedores
Presencia Avanzada en Internet
Gestión de RRHH con IA Asociada
Puesto de Trabajo Seguro
Requisitos para solicitar el Kit Digital
- Ser una microempresa, pequeña empresa (hasta 249 empleados) o autónomo.
- Estar en situación de alta con una antigüedad mínima de 6 meses.
- No estar considerada una empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Cumplir con las prohibiciones previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003 y no exceder los límites de ayudas.
- Tener el certificado digital de la empresa o autónomo.
- Realizar el test de autodiagnóstico digital disponible en la plataforma Acelera Pyme.
¿Quién puede solicitarlo?
Autónomos y microempresas de 0 a menos de 3 empleados
Importe del bono digital: hasta 3.000€
Medianas empresas de 50 a menos de 100 empleados
Importe del bono digital: hasta 25.000€
Autónomos y microempresas de 100 a menos de 250 empleados
Importe del bono digital: hasta 29.000€
Cómo solicitar el Kit Digital
En La Suite Comunicación, te acompañamos en todo el proceso para que puedas beneficiarte del Kit Digital 2025 y llevar tu negocio al siguiente nivel en el entorno digital
FAQs
La solicitud se realiza a través de la sede electrónica de Red.es. Es necesario registrarse, completar el test de autodiagnóstico y seguir los pasos indicados en la plataforma para formalizar la solicitud.
Una vez solicitada la ayuda, toca esperar a la resolución. Mientras tanto, preparamos contigo la estrategia digital para que, una vez aprobado el bono, podamos firmar el acuerdo de prestación de servicios y ponernos en marcha cuanto antes. Nos ocupamos de todo para que no pierdas tiempo.
En La Suite Comunicación hacemos seguimiento del estado de tu solicitud desde el momento en que se presenta. Si lo gestionas tú directamente, puedes consultarlo en la sede electrónica de Red.es. Pero si estás con nosotros, no te preocupes: te avisamos en cuanto esté concedido.
Necesitarás tu certificado digital, el test de autodiagnóstico de Acelera Pyme, información básica de tu empresa y una declaración responsable.
El plazo depende de cada convocatoria y segmento, pero actualmente hay convocatorias abiertas hasta el 30 de junio de 2025 (segmentos IV y V) y otras hasta el 31 de octubre de 2025 (segmento III y comunidades de bienes).
El plazo de concesión puede variar, pero suele oscilar entre 15 y 30 días desde la presentación de la solicitud, siempre que esté completa y correcta.
No te preocupes. En La Suite Comunicación analizamos el motivo del rechazo, preparamos la subsanación si es posible o volvemos a presentar la solicitud correctamente. Nuestro objetivo es que puedas beneficiarte de esta ayuda.
Sí, puedes contratar varias soluciones digitales siempre que no superen el importe total del bono y que no sean de la misma categoría funcional. Te asesoramos sobre cómo combinar las que más valor aporten a tu negocio.
Sí, siempre que no hayas superado el límite de ayudas mínimas establecido por la Unión Europea (200.000 € en los últimos tres ejercicios fiscales).
Sí. El bono tiene un importe máximo y un plazo para ejecutarse. Si no lo usas completo dentro de ese periodo, se pierde la parte no utilizada. Por eso, desde el principio, planificamos todo el proceso contigo.
Depende del tipo de solución contratada. En algunos casos, el equipamiento informático se cede durante un año y debe devolverse al finalizar este periodo, a menos que se acuerde su adquisición definitiva pagando su valor residual. Nosotros te explicamos todas las condiciones antes de que tomes una decisión.